Animales Domésticos
lunes, 7 de mayo de 2012
jueves, 12 de abril de 2012
Una desgracia de la sociedad, la crueldad hacia los animales
La crueldad hacia los animales es el tratamiento que causa sufrimiento o daño a animales. La definición de sufrimiento inaceptable varía. Algunos consideran sólo el sufrimiento por simple crueldad a los animales, mientras que otros incluyen el sufrimiento infligido por otras razones, como la producción de carne, la obtención de piel, los experimentos científicos con animales, los espectáculos con animales y las industrias del huevo y de la leche. Muchas personas consideran la crueldad hacia los animales como un asunto de gran importancia moral.
La crueldad animal es uno de los componentes de la triada psicopática junto a la piromanía y la enuresis. Un gran porcentaje de los psicópatas reunían estas caracteristicas en su infancia.
Los Derechos de los animales tratan de ayudar a que disminuya el número de animales que son tratados cruelmente.
Ejemplos de crueldad hacia los animales
Según la ley 1/1990 (España), de 1 de febrero, de protección de los animales domésticos:
- El abandono.
- Mantenerlos en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario o inadecuadas para la práctica de los cuidados y la atención necesaria de acuerdo con sus necesidades etnológicas, según raza y especie.
- Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por los veterinarios en caso de necesidad o por exigencia funcional.
- No facilitarles la alimentación necesaria para su normal desarrollo.
- Hacer donación de los mismos como premio, reclamo publicitario, recompensa, regalo de compensación por otras adquisiciones de naturaleza distinta o la transacción onerosa de animales.
- Venderlos a laboratorios o clínicas sin el cumplimiento de las garantías previstas en la normativa vigente.
- Venderlos a menores de 14 años y a incapacitados sin la autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia.
- Ejercer su venta ambulante.
- Suministrarles alimentos que contengan sustancias que puedan causarles sufrimientos o daños innecesarios.
- Golpearlos brutalmente para causar daño psicológico en otra persona.
Con finalidad lúdica
- Hostigamiento del oso. Practicado en Inglaterra, del siglo XI a XIX, y en la actualidad en algunas regiones de Pakistán. Un oso encadenado, cuyos dientes han sido molidos, es atacado por cuatro perros, mastines.
- Hostigamiento del toro. Un toto es atacado por perros a los cuales se ha entrenado para que muerdan el hocico del toro y no lo suelten. Perro tras perro ataca hasta que el toro se desploma.
- Corrida de toros. Un picador a caballo entierra su garrocha en la cerviz del toro. Otros le entierran banderillas en el cerviguillo. Después, el matador trata de dar muerte al animal hundiéndole un estoque en la cruz. Si el toro todavía vive se le corta la médula espinal, lo cual le produce parálisis, pero no la muerte.
- Caza de la zorra. Perros de caza y jinetes persiguen y matan a una zorra que huye aterrorizada. Se entrena a los perros para esto por medio de hacer que maten a cachorros de zorra.
- Peleas de gallos. Gallos a los cuales se le añaden espuelas de acero de hasta 10 cm de largo que pelean y a menudo mueren.
- Peleas de perros. Se hace que cachorros caninos den muerte a pequeños perros y gatos, en ocasiones robados con tal fin, hasta que se crea en ellos el deseo de matar. Normalmente son perros bull terrier los que se usan en peleas ilegales. Cubiertos de sangre, con los ojos desgarrados, las orejas mordidas, moviéndose sobre lo que les queda de patas rotas o desgarradas, siguen luchando para satisfacer a amos. Miles mueren cada año.
- "Tocar el piano". Al terminar la temporada de caza, algunos cazadores se deshacen de sus perros ahorcándoles. Los dejan de puntillas por lo que el perro muere por asfixia cuando por cansancio se deja caer.
Con finalidad
- A monos y conejos se les obliga a fumar hasta que mueren de cáncer pulmonar.
- Se somete a animales a descargas eléctricas hasta que quedan sin poder valerse.
- A conejos sujetados en cepos se les fijan en las orejas cajas de moscas tse-tsé. A otros, sin protegerles los ojos, les ponen en éstos maquillaje para los ojos y tintes para el cabello hasta que los ojos se les ulceran.
- A monos se les deja morir de hambre, o se les obliga a morir de hambre o se les obliga a correr dentro de ruedas y se les somete a radiación. El tiempo medio hasta que mueren es de 37 horas.
- A gatos se les ciega y castra y se les destruye el sentido del olfato, se les cortan nervios de los órganos sexuales, y entonces se les somete a pruebas para ver cómo responden en sentido sexual.
- A los animales se les destruyen las cuerdas vocales para que no puedan gritar.
- En tan solo E.E.U.U , 64.000.000 de animales mueren anualmente en esos experimentos médicos.
Noticias recientes de maltrato animal
La protectora ADDANCA se moviliza en el juicio contra un hombre acusado de matar de hambre, pegar y rociar con un producto abrasivo la piel de un pastor alemán
13/04/2012
Vela es una perra que sobrevivió a una agresión brutal, por la que este viernes será juzgado un hombre de 80 años, al que en otras ocasiones se le ha relacionado con situaciones similares, en tenerife. Se trata de la primera vez que un caso de maltrato animal llega hasta los tribunales llega en Canarias. Este pastor alemán logró salvar su vida gracias a los cuidados de la protectora de animales ADDANCA.
Su presidenta, Teresa González, cuenta que todo comenzó en el año 2007, pero que desde su nacimiento, a la perra la utilizaron para "parir y vender sus cachorros, hasta que aproximadamente con 8 años ya no lo servía al propietario que la tenía identificada con su chip y se la regalaron al siguiente propietario que además de presuntamente matarla a hambre, la apaleó y la roció con algún producto abrasivo que le quemó la piel".
Desde la protectora relatan que cuando la encontraron pesaba 14 kilos y "con una hipotermia a punto de morir, no tenía fuerzas para levantarse". Fue entonces cuando se iniciaron los trámites de la denuncia a la policía local de Arafo. Este expediente se envió al juzgado de Güimar, donde el juez, según Teresa González "inicia los trámites de archivo del expediente, porque no había personación de parte denunciante, por lo que esta protectora de animales contrata un abogado y se persona en el mismo como parte denunciante".
Addanca solicita condena de cárcel para el maltratador de un año (máximo permitido) y el abono de la factura en la clínica veterinaria, aún sin pagar (unos 5.000 euros) y la inhabilitación durante dos años para la tenencia de animales. El fiscal además exige una indemnización económica de 1.000 euros.
Por otra parte, el acusado no es dueño del animal y tampoco hay testigos de que fuese él, quien causase las heridas que sufrió Vela.
A través de las redes sociales, la protectora ha organizado una concentración, por fuera de los juzgados de Santa Cruz de Tenerife, y su objetivo es que se endurezcan las penas por maltrato animal.
Prohibirán a menores a entrar en espectáculos donde haya maltrato animal
10/04/2012
Dentro de poco llevar a menores de edad a espectáculos públicos que incluyan maltrato a los animales será ilegal. Estará prohibido se aprueba la iniciativa del senador liberal Camilo Sánchez, que será discutida durante este legislatura.
De aprobarse, los niños y adolescentes menores de 18 años no podrán ir a corridas de toros, peleas de gallos o incluso circos, muchos de los cuales usan monos, osos y otros animales en sus presentaciones artísticas. Tampoco podrían ir a corralejas, como las que se organizan en los departamentos de la Costa Atlántica.
El texto del proyecto, que es además apoyado por la bancada animalista, se sustenta en que todos los niños deben ser protegidos contra toda forma de violencia moral.
"El hecho de presenciar maltrato a los animales, perpétua el ciclo de violencia mediante la insensibilización e imitación de comportamientos, especialmente entre personas en edad de aprendizaje y enseñanza. La habituación a la violencia entre los niños se consolida si les mostramos que puede ser legítima y recomendable", explicó Sánchez.
En caso de que el gobierno no apruebe la iniciativa, esta se intentará poner en consideración de los ciudadanos a través de un referendo, agregó el congresista.
El proyecto comenzó a tomar fuerza en febrero pasado, cuando fue organizado en Bogotá el IV Foro contra el Maltrato Animal, en el cual participó la española Nuria Querol, directora del observatorio de violencia hacia los animales, de España. Ella explicó en esa ocasión que inculcar desde temprana edad que los animales pueden ser maltratados por diversión, puede potenciar en los menores conductas agresivas.
Ella va más lejos al decir que quien tolera el maltrato animal es un criminal en potencia. Querol lideró un estudio en cárceles de E.E.U.U en el que determinó que el 46 % de los asesinos en serie reconoció haber maltratado animales en su adolescencia.
La prohibición, que se adicionaría a la ley 1098 de 2006 sobre infancia y adolescencia, se aplicaría como ocurre hoy con la entrada de menores a las salas de cine o teatro, que deben impedir su asistencia o regularla cuando sus espectáculos incluyen contenido sexual o de violencia. Eventualmente, se aplicarán multas a quienes la incumplan, como sucede en los establecimientos nocturnos, como bares y discotecas, cuando sus dueños son sorprendidos tolerando la presencia de niños en sus instalaciones.
"Usemos la lógica: si hoy prohibimos la entrada a un menor a un cine donde hay violencia, también debe prohibirse su ingreso a cualquier evento donde hay un ser indefenso torturado o explotado en vivo y en directo", agregó Sánchez.
jueves, 23 de febrero de 2012
Derecho relacionado con los animales domésticos
Ley de Protección de animales domésticos y salvajes en cautividad de Galicia
Ley 1/1993, de 13 de abril
ANIMALES. Protección de animales domésticos y salvajes en cautividad
Parlamento de Galicia
DO. Galicia 22 abril 1993, núm. 75, [pág. 2864]
La falta de una legislación actualizada e integradora sobre la protección y defensa de los animales que viven en el entorno humano, que recoja los principios generales de respeto, protección y defensa a los seres vivos que conviven a nuestro alrededor, tal como figuran en los convenios y tratados internacionales y en la normativa de los países socialmente más avanzados, determina la oportunidad de aprobar una ley en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia que tenga como objetivo su amparo y salvaguarda, adoptando una postura activa ante conductas que comporten abuso de los animales .
Es objeto de esta ley la protección de los animales domésticos y salvajes que viven en cautividad, bajo la posesión o protección del hombre, recogiéndose en ella las atenciones mínimas que han de recibir los animales , desde el punto de vista higiénico-sanitario, así como la tenencia, venta o mantenimiento de éstos, a fin de garantizar unos mínimos de buen trato de los animales , regulándose a dicho objeto la inspección y vigilancia, las obligaciones de sus poseedores, los centros de recogida y albergues o las instalaciones para su mantenimiento temporal.La presente ley fija como principio fundamental de protección de estos animales el de posesión o tenencia responsable, de modo que los afectados asuman el cuidado de los animales en todos los aspectos contenidos en la presente ley como la contraprestación humana que se les debe frente al afecto o utilidad que significa el animal para su compañero o poseedor.
Excepcionalmente, permite esta ley la celebración de los espectáculos tradicionales en los que intervengan animales siempre que se vengan celebrando consuetudinariamente, basándose en la necesidad e interés de pervivencia del patrimonio histórico-cultural de las costumbres de los distintos lugares de Galicia.
También recoge e incentiva la ley la necesaria participación de la sociedad en su conjunto a través de la potenciación de las asociaciones de protección y defensa y de la difusión de un espíritu que contribuya al fomento del respeto a los animales .
El proyecto de la ley tiene en cuenta los criterios incluidos en la «I Declaración universal de los derechos del animal», aprobada por la UNESCO y posteriormente por la ONU.
Por todo lo expuesto, el Parlamento de Galicia aprobó y yo, de conformidad con el artículo 13.2 del Estatuto de Galicia y con el art. 24 de la Ley 1/1983, de 23 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, promulgo, en nombre del Rey, la Ley de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ga-l1-1993.html
Y aquí una sentencia
Tribunal Superior de Justicia de Galicia, (Sala de lo contencioso-administrativo,sección 1ª)
Sentencia núm. 273/2005 de 20 abril
MEDIO AMBIENTE: Animales domésticos y salvajes en cautividad: infracción grave: maltrato de los animales que les cause dolor o lesiones: prueba: denuncia agentes de la Guardia Civil: valor probatorio «iuris tantum»: falta de prueba en contrario: infracción existente; sanción en grado máximo: improcedencia: inexistencia de conducta intencional o dolosa: reducción de la sanción: procedencia.
Jurisdicción: Contencioso-Administrativa
Recurso contencioso-administrativo núm. 31/2004
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